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Nuestros Servicios:

Ofrecemos soluciones integrales en temas de inmigración con los mejores abogados expertos en: PERMISOS DE TRABAJO - RESIDENCIA PERMANENTE - PERDON MIGRATORIO- VISAS - ASILO POLITICO - CAMBIO DE STATUS - APELACIONES Y MOCIONES.

PERMISOS DE TRABAJO

Un abogado puede ayudarte a preparar la documentación adecuada, presentar tus solicitudes y representarte ante las autoridades migratorias. Además, podrán brindarte información actualizada sobre las leyes y regulaciones que afectan tu situación. No dejes tu futuro laboral en manos del azar; con la ayuda de un experto, puedes aumentar tus posibilidades de obtener el permiso de trabajo y alcanzar tus metas profesionales en el país.

PERDON MIGRATORIO

Si estás buscando una solución efectiva para tu perdón migratorio, contar con la asesoría de un abogado especializado en temas migratorios puede ser fundamental. Un abogado con experiencia podrá guiarte a través de los complejos procesos legales que rodean la obtención de un perdón migratorio, asegurándose de que cumplas con todos los requisitos necesarios y presentando la documentación adecuada.

Obtener una visa americana puede ser un proceso complejo y desafiante, pero contar con la ayuda de un abogado especializado en leyes migratorias, puede facilitar enormemente esta experiencia. Un abogado con experiencia no solo proporcionará una guía clara sobre los requisitos necesarios, sino que también ayudará a preparar la documentación adecuada y presentarla de manera correcta.

VISA

¿Que es una residencia permanente?

La residencia permanente es un ajuste de estatus la cual se refiere a la condición de una persona natural en un país en el cual no es ciudadano. esto generalmente es por un periodo definido. La residencia permanente le permite vivir y trabajar en los estados unidos teniendo múltiples beneficios. Y si el comportamiento es el idóneo durante dicho tiempo podrá solicitar la ciudadanía luego de vencerse la vigencia.

¿Que beneficios trae una residencia permanente?

Les permite a los inmigrantes establecerse en los estados unidos y trabajar legalmente, también puede ayudar a mejorar la situación financiera a largo plazo, tener condiciones óptimas para los subsidios gubernamentales , cómo lo son vivienda , educación , alimentación y salud, también contar con un social security documento que es primordial y fundamental para tener buenas condiciones laborales.

¿Quienes son elegibles para una residencia?

Basados en la familia ( petición familiar ), basado en empleo ( petición laboral ) y misceláneos los cuales incluyen ( lotería de visas , asilo político, visas S/T/U ) .

¿Qué es el asilo?

Es el estatus de inmigración solicitado por personas al entrar o que se encuentran ya en los Estados Unidos, quienes poseen un “temor razonable” de persecución por raza, religión, nacionalidad, o por pertenecer a un grupo social o de opinión política particular, si son forzados a regresar a su país de origen.

¿Quién es elegible para asilo en Estados Unidos?

Extranjeros quienes han permanecido en los Estados Unidos por menos de un año y forman parte de una “grupo” elegible para asilo (e.j.: partido político, raza, religión, genero, grupo social, y víctimas de situaciones como: extorsión, persecución, o amenazas que atentan contra su integridad y la de sus familias).

Una vez presentada la petición de asilo, obtendrán como beneficio el trámite de su Autorización de Empleo y su respectivo Social Security para que de esta manera laboren de manera regular en cuanto se obtiene fallo en su proceso.

Beneficios para la familia por el estatus de asilo.

Los miembros inmediatos de familia pueden ser elegibles para el estatus de asilo con todos sus beneficios, tales como permiso de trabajo; siempre y cuando hayan sido mencionados en la aplicación de asilo, aún si no están presentes en los Estados Unidos en el momento de radicar la peticón.

WAIVER MIGRATORIO

Toda persona que se encuentre de manera Irregular, debe conocer su derecho de solicitar el recurso legal que permite a las personas que infringieron leyes migratorias obtener la residencia permanente en Estados Unidos:

1. Ingresar o residir de manera irregular en los Estados Unidos.

2. Condenas por delitos como fraude migratorio, posesión de drogas, prostitución.

3. Subsanar antecedentes por remociones, deportaciones o salidas voluntarias.

CAMBIE SU ESTATUS DE NO INMIGRANTE

Si usted desea cambiar el propósito de su visita mientras está en Estados Unidos, usted (o en algunos casos, su empleador) debe presentar una solicitud a USCIS mediante el formulario apropiado antes de que caduque la autorización de su estadía. Por ejemplo, si usted ingreso con visa de turismo, pero desea convertirse en estudiante, debe presentar una solicitud para cambiar su estatus. Le recomendamos que presente la solicitud tan pronto determine que necesita cambiar a una categoría diferente de no inmigrante.

Hasta que usted reciba la aprobación de USCIS, no asuma que el cambio de estatus ha sido aprobado, y no cambie su actividad en Estados Unidos. Por ejemplo, si en la actualidad usted es un turista no inmigrante, no empiece a asistir a clases como estudiante hasta que haya recibido la autorización de USCIS para cambiar su estatus. Si usted no mantiene su estatus de no inmigrante, puede que se le prohíba regresar a Estados Unidos y/o puede ser removido (deportado) de Estados Unidos. Su estatus autorizado y la fecha en que caduca su estatus se encuentran en la parte inferior derecha de su Formulario I-94, Registro de Entrada/Salida de No Inmigrante.

En general, usted puede solicitar un cambio de estatus de no inmigrante si fue admitido legalmente en Estados Unidos con una visa de no inmigrante, si su estatus de no inmigrante sigue siendo válido, no ha violado las condiciones de su estatus, y no ha cometido ningún delito que lo haga inadmisible.

Usted no necesita solicitar un cambio de su estatus de no inmigrante si fue admitido en Estados Unidos por razones de negocios (visa categoría B-1) y desea permanecer en Estados Unidos por razones de placer antes de que caduque su estadía autorizada.

Usted no necesita solicitar un cambio de su estatus de no inmigrante si desea estudiar en Estados Unidos, y es el cónyuge o hijo de alguien que se encuentra actualmente en Estados Unidos bajo alguna de las categorías de visa para no inmigrante siguientes:

· Diplomáticos y otros funcionarios de gobierno, y empleados (visa categoría A)

· Inversionistas de comercio internacional (visa E)

· Representantes de organizaciones internacionales y sus empleados (visa G)

· Trabajadores temporales (visa H)

· Representantes de medios de comunicación extranjeros (visa I)

· Visitantes de intercambio (visa J)

· Empleados transferidos dentro de una misma empresa (visa L)

· Estudiantes Académicos (visa F) o vocacionales (visa M) (puede asistir únicamente a clases en escuela primaria o secundaria. Si desea asistir a clases universitarias a tiempo completo debe solicitar un cambio de estatus).

Usted no puede solicitar un cambio de su estatus de no inmigrante si fue admitido en Estados Unidos bajo las siguientes categorías (a menos que esté solicitando el estatus T de no inmigrante o solicitando el estatus U de no inmigrante):

· Programa de exención de visa

· Miembro de una tripulación (visa D de no inmigrante)

· En tránsito por Estados Unidos (visa C de no inmigrante)

· Prometido de un ciudadano estadounidense o dependiente de un prometido (visa K de no inmigrante)

· Informante (y familiares acompañantes) de terrorismo o crimen organizado (visa S de no inmigrante)

Si usted es un estudiante vocacional (M-1), no puede solicitar cambiar su estatus al de:

· Estudiante académico (F-1)

· Cualquier estatus H (trabajador temporal), si la formación que usted recibió como estudiante vocacional en Estados Unidos le facilitó que cualificara para la posición de trabajador temporal que usted desea.

Si usted es un visitante de intercambio internacional (J-1), (a menos que esté solicitando el estatus T de no inmigrante o solicitando el estatus U de no inmigrante), no puede cambiar su estatus de no inmigrante si:

· Fue admitido en Estados Unidos para recibir capacitación como médico graduado, a menos que reciba una exención especial.

· Usted es un visitante de intercambio y debe cumplir con los requisitos de residencia en el extranjero, a menos que reciba una exención.

· Si usted no recibe una exención, sólo puede solicitar cambiar a la categoría de diplomático y otros funcionarios de gobierno (visa A) o de representantes de organizaciones internacionales (visa G).

Tenga en cuenta que si está solicitando el estatus T de no inmigrante, debe presentar un Formulario I-914, Solicitud de Estatus T de No Inmigrante. Si está solicitando el estatus U de no inmigrante, debe presentar un Formulario I-918, Petición de Estatus U de No Inmigrante. No puede solicitar cambiar su estatus a no inmigrante T o U utilizando el Formulario I-539, Solicitud para Extender o Cambiar el Estatus de No Inmigrante, si tiene alguno de los estatus de no inmigrante mencionados anteriormente.

AUTORIZACION DE EMPLEO FORMULARIO I-765:

La autorización de empleo, conocido también como permiso de trabajo, es un documento esencial para quienes desean vivir y trabajar legalmente en los Estados Unidos. Este permiso no solo abre las puertas al mercado laboral, sino que también ofrece múltiples beneficios que contribuyen a la estabilidad personal, financiera y social de sus titulares, asegurándoles protección bajo las leyes estadounidenses.

Contar con un permiso de trabajo garantiza que usted esté amparado por las leyes laborales de los Estados Unidos. Esto incluye el derecho a recibir un salario justo, trabajar en condiciones seguras, acceder a beneficios laborales como descansos y vacaciones, y reportar cualquier trato injusto o condiciones peligrosas en el lugar de trabajo.

El permiso de trabajo viene acompañado de un número de seguro social, un requisito fundamental que le permite trabajar, pagar impuestos, abrir una cuenta bancaria y comenzar a construir un historial crediticio en los Estados Unidos.

Además, usted puede acceder a programas educativos, como estudios universitarios o certificaciones profesionales, que pueden ser la base de un futuro más sólido.

También puede ser un primer paso crucial hacia la obtención de la residencia permanente. Muchos programas de inmigración requieren que el solicitante haya trabajado legalmente en el país antes de iniciar un proceso de residencia.

ASILO POLITICO

Para solicitar asilo político, es fundamental seguir una serie de pasos que garantizan un proceso adecuado. Durante la entrevista, se le requerirá que explique de manera detallada las razones por las cuales solicita asilo. Además, es crucial contar con representación legal que le asista en el proceso y que le ayude a preparar un caso, solido y viable, particularmente en la recolección de pruebas y en la elaboración de su declaración personal. Recuerda que cada país tiene sus propios requisitos, por lo que es recomendable informarse adecuadamente sobre las normativas vigentes.

El parole humanitario es un mecanismo que permite a las personas ingresar a un país de forma temporal por razones humanitarias, como situaciones de emergencia, persecución o violaciones de derechos humanos en su país de origen. Este procedimiento es interpretado y administrado por las autoridades migratorias de cada nación, quienes evalúan las solicitudes basándose en la urgencia del caso y el riesgo que enfrenta el solicitante.

PAROLE HUMANITARIO
APELACIONES Y MOCIONES

En el contexto de la emigración, un abogado puede ofrecer una explicación valiosa sobre el proceso de apelaciones y las mociones que suelen acompañarlo. Cuando una solicitud de asilo o residencia es denegada, los inmigrantes a menudo experimentan sentimientos de desesperanza y ansiedad. Las apelaciones son una herramienta legal fundamental que permite a los individuos impugnar decisiones adversas, ofreciendo una segunda oportunidad para presentar su caso.